Tu comunidad ya puede vetar los pisos turísticos: así funciona
La ley ha cambiado: tu comunidad puede prohibir los pisos turísticos con solo el 60% de los votos. Qué significa para el valor de tu vivienda.

Hasta hace poco más de un año, prohibir un piso turístico en tu edificio exigía algo casi imposible: la unanimidad de todos los propietarios. Bastaba con que el dueño del piso que se quería alquilar por días votara en contra para bloquear cualquier acuerdo. Eso ha cambiado por completo. Desde la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal en vigor desde abril de 2025, la actividad turística en un edificio está prohibida por defecto salvo que la comunidad la autorice expresamente, y solo hace falta el 60% de los votos para vetarla, limitarla o revertir un permiso ya concedido. Si tienes una vivienda en Madrid —la tengas alquilada, la vayas a vender o simplemente vivas en la comunidad—, este cambio te afecta directamente.
Qué dice exactamente la ley
El artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal regula desde 2019 la capacidad de las comunidades para intervenir sobre el alquiler turístico. Pero durante años existió una duda legal relevante: la norma hablaba de "limitar o condicionar" la actividad, y varias Audiencias Provinciales no tenían claro si eso incluía "prohibir" directamente. El Tribunal Supremo zanjó la discusión en octubre de 2024, en dos sentencias que establecieron que limitar sí incluye prohibir —de lo contrario, la reforma quedaría vacía de contenido, porque bastaría el voto del propio interesado para bloquear cualquier veto. Sobre ese criterio se asentó la reforma legal de 2025, que fue más allá: invirtió la presunción de partida. Antes, el uso turístico se entendía libre salvo acuerdo en contra. Ahora, está prohibido por defecto, y quien quiera destinar su vivienda a alquiler turístico necesita permiso expreso de la comunidad, aprobado por mayoría de tres quintos —tanto de propietarios como de cuotas de participación, de forma simultánea.
Lo que muchos propietarios todavía no saben
El acuerdo se inscribe y vincula a futuros compradores Cuando una comunidad aprueba prohibir o limitar los pisos turísticos, ese acuerdo se inscribe en el Registro de la Propiedad y obliga tanto a los propietarios actuales como a quienes compren en el futuro. Esto significa que si estás valorando comprar una vivienda pensando en destinarla a alquiler turístico, es imprescindible comprobar antes si la comunidad ya ha votado sobre este asunto.
Las licencias existentes no se cancelan de golpe, pero tampoco se renuevan Si un propietario ya contaba con licencia turística antes de que la comunidad votara la prohibición, puede seguir operando hasta que esa licencia venza. Pero si el acuerdo de prohibición sigue vigente, no podrá renovarla. Es una transición, no un corte inmediato, y conviene tenerlo muy presente tanto si vendes una vivienda con actividad turística activa como si la compras.
La comunidad también puede cobrar más a quien alquila por días Más allá de prohibir, la misma mayoría de tres quintos permite a la comunidad establecer un recargo en los gastos comunes —hasta un 20% adicional— a las viviendas con actividad turística, para compensar el mayor uso de ascensor, portal, limpieza o zonas comunes. Es una vía intermedia que muchas comunidades están utilizando en lugar de una prohibición total.
Qué implica esto si estás pensando en vender Comprueba el estatus de tu comunidad antes de publicar el anuncio Si tu vivienda tiene o podría tener uso turístico, y tu comunidad ha votado recientemente sobre este tema, es información que un comprador interesado en ese uso va a necesitar conocer con seguridad jurídica. Tenerla preparada de antemano evita sorpresas a mitad de negociación.
Puede ser un argumento de venta, no solo una restricción Para el perfil de comprador que busca tranquilidad y estabilidad vecinal —familias, personas que compran para vivir, no para invertir en corto plazo—, una comunidad que ha limitado activamente la rotación de huéspedes puede ser precisamente el argumento que inclina la decisión a tu favor. La calma del edificio empieza a valorarse como un activo, no como una limitación.
Si compras pensando en alquiler turístico, verifica antes de firmar
La reforma ha cambiado las reglas de un día para otro en miles de edificios de zonas tensionadas de España, incluida buena parte de Madrid centro. Lo que era viable hace dos años puede no serlo hoy, y el acuerdo de la comunidad —vigente e inscrito— pesa más que cualquier expectativa de rentabilidad calculada sin comprobarlo primero.
Una ley que redefine el valor de "vivir tranquilo"
Este cambio normativo no es un simple ajuste técnico de mayorías en una junta de vecinos. Es una redefinición de quién decide el carácter de un edificio: hasta ahora, un solo propietario podía imponer su modelo de negocio al resto. Ahora, la mayoría de la comunidad recupera esa capacidad de decisión. Para el propietario que vende, conocer en qué punto está su comunidad respecto a este tema —y saber comunicarlo con precisión— es ya parte inseparable de una venta bien gestionada.
Este artículo tiene fines informativos generales sobre la normativa vigente en materia de propiedad horizontal. Cada comunidad y cada situación particular requieren de asesoramiento legal específico antes de tomar decisiones.
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Este documento ha sido elaborado con apoyo de herramientas de inteligencia artificial, bajo supervisión y revisión profesional de Yolanda González.
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